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Es necesario contar con un REGISTRO (o Historia) UNICO DE VACUNACIONES, al que pueda acceder cualquier profesional sanitario público o privado, validándose con sus datos de identificación (DNI, Colegiado, número de identificación personal, certificado digital, DNI digital o lo que fuese) y permitiéndosele consultar las vacunas del paciente al que atiende, independientemente de que lo haga desde la UCI pediátrica, de la puerta de urgencias, desde el terminal de la consulta, desde una consulta privada o desde el móvil en el domicilio del paciente.
Dicho registro, de acceso universal (el paciente podría acceder para ver sus vacunas con el perfil adecuado), sería justo el mismo en el que cualquier profesional sanitario, público o privado, debería anotar obligatoriamente todas y cada una de las vacunas que se administrasen en el país (el registro es lo obligatorio y no la vacuna): desde la vacuna de tétanos que se pone en un servicio de urgencias, hasta la de Hepatitis B en las maternidades, las gripes que se administran en residencias de mayores o las vacunas de fiebre amarilla que se administran en sanidad exterior.
Que queréis que os diga, si lo he escrito yo…
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